Sobre contratación por obra y servicio - Concatenación

tigreblanco

Nuevo miembro
Buenos días,

Una empresa inmobiliaria quiere contratar esporádicamente a un pintor para pintar los inmuebles que tiene alquilados cuando se precise.

1. ¿Podría entenderse que estos contratos tienen autonomía y sustantividad? Entiendo que sí, ya que no es la actividad principal de la empresa y es para el mantenimiento de los inmuebles propiedad de la misma.

2. Ya que no se necesita pintar con una excesiva periodicidad se le contraría por días cuando fuera necesario. ¿Sería legal, por ejemplo, contratar al mismo trabajador, con varios contratos (5, 6, 7 os que fueran necesarios) según vaya saliendo el trabajo, sin que adquiriese la condición de indefinido, siempre que estuviese en un plazo inferior a los 24 meses dentro de un período de 30 meses?


Gracias, un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
1.- Por supuesto que lo tiene: contrato por obra y servicio.

2.- Sí que sería posible: cada obra, un contrato.
 
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