SOBRE ENCUADRAMIENTO DE SOCIOS, ME VOY A VOLVER LOCOOOOOO

JAVIER_R

Miembro activo
vamos a ver....

  Este mundo laboral es horroroso...quiero hacer las cosas bien, pero llamando a un sitio me dicen "negro" llamo a otro me dicen "blanco"...así que os pido vuestra opinión:

  Una sociedad limitada formada por tres socios: el padre y sus dos hijas. Entre ellos no hay convivencia de ningún tipo.

  El padre tiene un 10% de participación en la sociedad (es actualmente pensionista de jubilación), las hijas tienen cada una un 45% y son administradoras solidarias. Sin ninguna duda, están encuadradas en el autónomo.


  El problema se me plantea a la hora de encuadrar a los maridos de las socias.

  Tengo claro que si las socias tuvieran un 50% cada una irian al autónomo los maridos.

  pero al tener menos de 50% pensaba que los maridos irian al régimen general (que es lo que ellos quieren).

  En un sitio me han dicho que está bien que sin problemas siempre y cuando puedan demostrar que no forman parte de la administración y realizan labores de asalariados.

  pero, en otro sitio me han dicho que mientras que las socias tengan un 25% o más de participación, los maridos SIEMPRE irían al autónomo también. Sólo en el caso de que las socias tuvieran menos del 25% sindo administradoras, ellas irían asimiladas al régimen general y los maridos al régimen general.

  Yo, me estoy volviendo loco, porque es una sociedad que va a comenzar a fecha 01-01-11 y quieren a toda costa que los maridos esta´n en el régimen general y yo, le tengo que dar la solución, para que puedan ir al notario e indicarles como van a ser definitivamente la participación de los socios.

  por favor, es urgente. Espero vuetra ayuda porque estoy totalmente perdido, gracias.
 

Paco~

Nuevo miembro
De cabeza al de autónomos, no por la participación en sí, sino porque ellas son administradoras.

Saludos.
 

mario

Nuevo miembro
Siento contradecir a Paco, pero deben de estar encuadrados en el Régimen General.  Sus respectivos cónyuges no tienen el dominio de la sociedad, aunque ostenten el cargo de administradoras. Saludos.
 

Paco~

Nuevo miembro
mario dijo:
Siento contradecir a Paco, pero deben de estar encuadrados en el Régimen General.  Sus respectivos cónyuges no tienen el dominio de la sociedad, aunque ostenten el cargo de administradoras. Saludos.

Mario tío, no lo sientas porque cuando he contestado estaba "chateando" y mientras esperaba un iniciso, he contestado. Eso sí prometo, mirarlo bien y en otro momento contestaré.

De cualquier forma, te lo agradezco y te envio un cordial saludo.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Vale, pues según Mario, irian al régimen general por no tener las mujeres el control efectivo al carecer del 50% de participación, ¿no es así?.

  gracias Mario y se siguen admitiendo opiniones
 

aprendiz

Miembro
A priori tiene toda la pinta de tratarse de una sociedad familiar. Esto significa que no se reúnen los requisitos de ajenidad ni dependencia para considerar que el encuadramiento sea en el régimen general, e irían todos a RETA.

Ahora bien, si existiera contrato de trabajo entre la sociedad y los cónyuges, tal como se define en el E.T., es decir, si los cónyuges están sometidos en horario, tareas, salario, régimen disciplinario, es decir si existe ajenidad de los frutos del trabajo a cambio de salario, estaríamos en una relación por cuenta ajena y es de plena aplicación la disp. adicional 27ª de la LGSS siendo encuadrados en régimen general.

Saludos.
 

mario

Nuevo miembro
Régimen General. Por mucho que sean hermanas o cuñadas o lo que sea, nadie individualmente tiene el control de la sociedad,(no hay convivencia) por lo tanto y a efectos de encuadramiento en Seguridad Social:  Régimen General; hablamos de los maridos lógicamente. Es que ni tienen acciones, ni realizan funciones de dirección ni gerencia ni conviven con quien ostente el 50. Así que Régimen General; dicho sea esto con todo respeto a las opiniones de aprendiz y Paco. Saludos.
 

JAVIER_R

Miembro activo
MUCHISIMAS GRACIAS POR VUESTRAS RESPUESTAS.

  VOY A ENCUADRARLOS EN EL REGIMEN GENERAL. SEGURISIMO DE LO QUE HAGO PORQUE SOIS UN GRUPITO DE PROFESIONALES QUE ME DAIS EL 100% DE CONFIANZA. DE NUEVO MUCHAS GRACIAS
 

CrisFM

Miembro
De acuerdo. Régimen General. El reparto de acciones está bien afinado

Pero ten cuidado cuando quieran ir a cobrar el paro, que es lo que querrán en su momento, proque el INEM y la Inspección lo mirará con lupa. (si lo detectan claro)
 
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