Sobre fijo discontinuos y llamamientos

JAVIER_R

Miembro activo
Buenos dias:
Tengo una empresa que contrara a una trabajadora fija discontinua por motivo "campaña de navidad". Termina la Navidad y se finaliza (suspende el contrato).
A finales de enero, la empresa quiere volver a contratarla y ya se le hace un contrato indefinido.
La semana pasada me llama la empresa para q la despida pues se ha dado cuenta que económicamente no puede mantener ese puesto de trabajo. Se la despide por causas económicas y su indemnización correspondiente.
Mi pregunta es, tras haber sido contratada de forma indefinida y despedida posteriormente, cuando llegue la campaña de Navidad tendré que hacerle el llamamiento por su contrato fijo discontinuo?
Vaya lio tengo con este tema!!! Gracias
 

Cachilipox

Miembro conocido
Me parece que tenéis un buen lío montado.
Le hacéis un contrato fijo "ordinario" a una trabajadora que ya es fija (pero discontinua).
Y no pasa ni un mes, y despido.
No se, pero algo me parece que no es correcto.
Aceptando la legalidad de la posibilidad de dos contratos fijos simultáneos en la misma persona, habría que dar por extinguido el segundo (el fijo-ordinario), pero el otro, sigue en sus términos (sigue siendo fija-discontinua).
Eso implica que:
a.- Sigue formando parte del "empleo estable disponible" a efectos de NO poder realizar contratos temporales
b.- Llegado el momento previsible de llamamiento, hay que contar con ella
c.- Hay que ver si el convenio de aplicación establece un periodo máximo de inactividad (o mínimo de llamamiento)
d.- La indemnización, al existir continuidad laboral previsible, no está exenta de IRPF

Por supuesto, la trabajadora puede impugnar el despido, alegar confluencia de fraude de ley en el o los contratos, y pedir la correspondiente "indemnización reparatoria", y si el asunto cae en manos de "su señoría justiciera", ya podéis preparar la chequera....
 
Arriba