Sobre reducciones de jornada....

Argi

Miembro conocido
Muy buenas,
Dos cuestiones diferentes al respecto de reducciones de jornada:
- Si a un trabador con contrato a tiempo parcial, se le comunica por escrito con 15 días de antelación una reducción de jornada, y antes de que esta sea efectiva coge una IT, ¿se le podría reducir la jornada?
- Trabajadora a tiempo completo con reducción de jornada por guarda legal. Está embarazada y va a solicitar la prestación por riesgo. ¿La empresa puede contratar a su sustituta a la jornada completa inicial de la trabajadora? Si esto no es posible y la trabajadora, 15 días antes (por ejemplo) de que se suspenda su contrato por el riesgo de embarazo, solicita su reincorporación a jornada completa, ¿podría interpretar ITSS fraude al respecto?

Saludos
 

Nana

Miembro conocido
Holita

1- en principio no se puede tocar ese contrato pues con la IT se encuentra suspendido, habrá que esperar al alta medica y proceder a la reduccion correspondiente, salvo mejor opinión

2- entiendo que el sustituto debe realizar la jornada que venia realizando la futura madre con la guarda legal; que huele de cara a la ITSS, pues sí, la verdad, pero la empleada podría argumentar que ella decide si quiere o no mantener la guarda legal. En todo caso sería la mutua la que reclamase, que al fin, es la que paga

Pero vamos, es mi humilde opinión :)
 

Argi

Miembro conocido
Ya, mi duda es sobre la comunicación al trabajador se le puede dar estando de baja. Hay que preavisar con 15 días se antelación. ¿Se le podría dar el preaviso estando de baja y que la fecha de efectos sea la reincorporación?
El miedo de la empresa es que si se lo comunica el día de la reincorporación y le tiene que dar 15 días, en este ínterin el trabajador coja la baja de nuevo.
 

Nana

Miembro conocido
Pues en ese caso, entiendo que durante la baja no debieras darle comunicación alguna, pues como decía el contrato está suspendido

Podrías hacer como con las suspensiones por empleo y sueldo, indicar en la notificación que en caso de que se encontrase en situación de IT, descanso por nacimiento de hijo, etc., la reducción se empezará a aplicar en el momento de la reincorporación del empleado y así te lo aseguras aun cuando se vuelva a coger la baja medica

Voy a darle una vuelta :)
 
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