Socio de S.L. de baja por paternidad-nomina

jotas

Miembro
Hola, tengo un cliente que tiene una Sociedad limitada con su nómina mensual. Este mes de agosto ha tenido un hijo y la solicitado la prestación por paternidad.

¿ Puedo hacerle la nómina de agosto con su cantidad normal de todos los meses aunque "no trabaje" por estar cobrarndo la prestación por paternidad o daría es independiente que aunque no trabaje ese mes puede la sociedad seguir pagandole la nómina?

Agradezco vuestras opiniones.

Un saludo.
 

MarLo

Miembro conocido
Mi opinión que no sé si es compartiida: Yo haría la nómina a 0. En todo caso. Si su nómina estaba por encima de la prestación que va a cobrar, y lo pide el autónomo, meter como una especia de complemento por la diferencia como se hace con los trabajadores por cuenta ajena cuando se les paga un complemento en las bajas IT.
 

Último Hetero

Nuevo miembro
Depende si el salario que percibe es por su trabajo en la sociedad, si es así, se supone que los 6 primeras semanas son obligatorias y no puede trabajar. Si su salario es simplemente por ser dueño de la empresa pero no trabaja en ella entiendo que puede seguir cobrando, es como unos dividendos.
 

elchuske

Miembro conocido
lo normal y general es que sea socio y administrador asi que cada uno tiene su librillo. En nuestro caso si necesita el dinerillo la empresa le hace un préstamo como adelanto de las futuras nominas. Cuando se reincorpora se lo vamos detrayendo de la nomina. Ahora vendrá el legalista de turno y dirá que si es un préstamo, que hace que documentarlo, que si abuela fuma. Pero tiene efectos colaterales. Porque va a pagar una pasta en renta y te sueltan aquello de " no se que has hecho pero todos los años me devuelven. algo has hecho mal " Se les avisa pero en cuestión de pasta, se les olvida. Y claro quieren cobrar siempre la misma nomina con préstamo o sin el. Correo al interfecto avisando y luego que lo borre si tiene..... eso.
Con sugerencia de que ponga que le retengan algo en lo que cobra por paternidad. Pero ni por esas.
Ahora vendría la frase lapidaria de TONI " que ganas tengo de jubilarme "
 

anuskillas

Miembro conocido
Si percibe nómina por rend. Trabajo la nómina es 0. Si no curras no cobras. Otra cosa es si la nomina es la de administrador, la cual no toco.
 

José2022

Miembro
Hola, la nómina es por el trabajo que realiza en la sociedad. Tiene una nómina de 850€. Está empezando en la sociedad.
Entonces por lo que me comentais es si no trabaja lo pongo en 0€
 

Bruma

Miembro activo
No obstante, si tiene la suficiente carencia, por la prestación de paternidad a va a recibir el 100% de la base de cotización, que por obligación va a ser como mínimo de 1.000 euros por tratarse de un autónomo societario, no sé si la idea es de que además de la prestación cobrase nómina o no.
 
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