Pablolf
Miembro
Hola buenas, tengo una duda acerca de los socios cooperativistas en una Cooperativa de Trabajo asociado cuando sus socios están cotizando en el RETA: ¿qué forma de reparto de los beneficios de ha de seguir? Estoy entre la duda de si una nómina o una factura como cualquier autónomo societario de una mercantil.
Si fuese socio trabajador en el Régimen General sin duda que se puede poner una nómina. En cambio dudo sobre cuando se está en el RETA.
Agradezco que me puedan comentar, gracias.
Si fuese socio trabajador en el Régimen General sin duda que se puede poner una nómina. En cambio dudo sobre cuando se está en el RETA.
Agradezco que me puedan comentar, gracias.