soy estudiante y tengo una duda

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hor

Guest
me da vergüenza hacer ciiertas preguntas, pero entendedme, estoy estudiando laboral y me surjen dudas:
uno de los principios del derecho laboral es el de "IN DUBIO PRO OPERARIO", en relación a esto, si un trabajador se inventa que su jefe lo discrimina por alguna de las siguientes razones: sexo, religión, raza ...ante la duda, es decir si el juez tiene dudas de si esto es así o no, ¿fallaría a favor del trabajador?¿en quién recae la carga de la prueba?
gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hombre, por lo qe tengo entendido, es cierto que en estos casos se invierte la carga de la prueba, y es cierto que la empresa debería probar suficientemente la falta de intención de discriminar por alguno de esos motivos, pero siempre que el trabajadro presente al menos ante el juez al menos un indicio razonable sobre la posibilidad de discriminación.

Por ej. una empleado gay no puede presentarse ante el juez y simplemente decir "la empresa discrimina a los gays" así sin mas, ahora bien, si resulta que este trabajador gay ha sido despedido, por ej. reconociendo la empresa la improcedencia, y además, pocos dias de haber salido públicamente del armario, si puede tener una base para denunciar a la empresa por discriminar por razon de orientación  sexual. En este ejemplo el trabajador podria alegar ante el juez "la empresa me ha despedido por el hecho de ser gay, ya que ella misma ha reconocido que no existe causa (o que no la puede acreditar) y justo ha coincidido a los pocos días de haber hecho publica en mi empresa mi condición de homosexual. Aunque en la carta de despido han indicado no sé que cosa, para luego reconocer que el despido es improcedente, la verdadera causa subyacente es el ser gay, y por tanto, es una causa disciminiatoria"

Ante algo así, ciertamente, la empresa ante ese indicio razonable (que no prueba absoluta) debería ser la que acreditara que en ningun caso fue esa la causa del despido. Por ej. si demuestra que, independientemente de su condicion de homsexual y de que, por pura coincidencia, haga poco tiempo que el empleado reconociera su orientacion sexual en el ámbito de la empresa,  hay fundadas sospechas de que ha cometido un fraude contra la empresa (robo, proporcionar informacion a la competencia...), pero que ante las dificultades de probarlo suficientemente o bien por pura economia procesal optó por reconocer la improcedencia del despido. Pero claro, como no logre probar eso de forma clara, la presunción será la de que ha existido discirminación, pero, insisto, siempre partiendo de la base de algun indicio mínimo en ese sentido.

En fin,seguro que alguien puede aportar algo más en este tema.

Un saludo y ánimo con los estudios. Si algo comprobaras en este mundo de lo Laboral es que no siempre 2 + 2 son 4

 
J

juanlab

Guest
El principio In dubio pro operario sí que opera, no se dice así en todos los casos pero opera. En nuestro partido judicial el año 2008 el 75% de los procedimientos laborales los ganaron los trabajadores. En parte es porque hay mucho cafre despidiendo, de acuerdo, en parte por temeridad de ciertos empresarios, vale, pero en otro porcentaje, y no menor, es porque la carga de la prueba es muchas veces diabólica para las empresas. Imagínate un trabajador de un autónomo, ellos solos cada día en la tienda o en el taller, y cada día le dice hijo puta al jefe (que por cierto ahora parece que ya no es tampoco causas de despido procedente), o que no va a trabajar un día, o que no hace bien el trabajo (sólo son ejemplos eh, sin entrar en debates concretos), quién tiene la carga de la prueba?, la empresa. Yo entiendo que el trabajador sea la parte más débil, aunque no siempre, pero me parece que el principio in dubio pro operario es fiel reflejo de la realidad procesal. Un saludo y suerte en los estudios.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues sí, se trata de un principio jurídico que entiendo pueda tener su justificación en base a la "teórica" posición más fuerte de la empresa ante el trabajador pero que se presta a evidentes abusos y de los que cada dias todos somos testigos.

En todo caso "hor", disculpa, porque es cierto que tú estabas planteando el principio "in dubio pro operario" en sí, pero a partir del ejemplo que señalabas, denuncia por discriminación  y por circunstancias prohibidas expresamente por la Constitución y la Ley ya me desvié hacia la inversión de la carga de la prueba que se da en estos casos.

De forma más general, este principio "in dubio pro operario" entiendo es más a nivel de interpretación. Por ej. ante distintas posibles interpretaciones de una norma, se optará por la que resulte más favorable para el trabajador.

Saludos

 
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