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No es firme, pero...
La STSJ de Aragón, rec. 776/2024, de 21 de octubre de 2024, ECLI:ES:TSJAR:2024:1531, ha confirmado una sentencia del Juzgado Social de Zaragoza que declara «no ajustado a derecho» el comunicado emitido por la empresa Pikolin, ante la interpelación de sus trabajadores sobre las condiciones para acceder a permisos retribuidos en caso de hospitalización de familiares. Esta resolución se centra en la interpretación restrictiva que la empresa otorgaba al concepto de alta hospitalaria, cortando de facto el derecho a estos permisos en situaciones que podrían extenderse más allá de esta alta.
El del Tribunal Superior de Justicia de Aragón establece que el alta hospitalaria no debe considerarse como un término absoluto para la finalización del permiso por hospitalización, de cinco días, previsto en el artículo 16 del convenio colectivo de la empresa. La sentencia sostiene que, según la legislación vigente, los permisos retribuidos deben extenderse hasta que se agoten los cinco días siempre que haya un reposo domiciliario prescrito tras el alta, considerando tanto la hospitalización como el posterior cuidado en casa.
La controversia surgió tras una comunicación de Pikolin del 27 de octubre de 2023, que presentó condiciones restrictivas sobre el uso de estos permisos, argumentando que debían limitarse a los días de la hospitalización efectiva. Esta interpretación fue denunciada por los representantes de los trabajadores, quienes manifestaron que dicha práctica no solo era contraria a la ley, sino que también perpetuaba desigualdades, en particular la que afecta a las mujeres, quienes tradicionalmente asumen el rol de cuidadoras.
La Sala Social del TSJ subraya que la organización empresarial había interpretado erróneamente el marco legal, llevando a una desigualdad que afecta a los trabajadores y una posible evaporación de la corresponsabilidad en la atención familiar. La sentencia del tribunal resalta que tanto el estatuto como la jurisprudencia relacionada (STS 12-7-18) reconocen la necesidad de proteger los derechos de los trabajadores, extendiendo el plazo de permisos retribuidos no solo a la duración de la hospitalización, sino hasta que haya finalizado el reposo domiciliario prescrito.
Los magistrados dejan claro que la ley no establece la alta hospitalaria como el fin del permiso. En caso de que, tras este alta, se requiera un tiempo adicional de reposo, el trabajador tiene derecho a la continuación del disfrute de estos días de permiso. La decisión judicial subraya una interpretación amplia de los derechos laborales en situaciones de salud que buscan proteger a todos los trabajadores, independientemente de su género o de las necesidades en el hogar.
En consecuencia, el TSJ ha declarado la nulidad de los requerimientos impuestos por Pikolin, condenando a la empresa no solo a cumplir la decisión, sino también a afrontar las consecuencias judiciales derivadas de su actuación. Sin embargo, es importante destacar que esta sentencia no es firme, lo que significa que Pikolin tiene la opción de recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Suprem
La STSJ de Aragón, rec. 776/2024, de 21 de octubre de 2024, ECLI:ES:TSJAR:2024:1531, ha confirmado una sentencia del Juzgado Social de Zaragoza que declara «no ajustado a derecho» el comunicado emitido por la empresa Pikolin, ante la interpelación de sus trabajadores sobre las condiciones para acceder a permisos retribuidos en caso de hospitalización de familiares. Esta resolución se centra en la interpretación restrictiva que la empresa otorgaba al concepto de alta hospitalaria, cortando de facto el derecho a estos permisos en situaciones que podrían extenderse más allá de esta alta.
El del Tribunal Superior de Justicia de Aragón establece que el alta hospitalaria no debe considerarse como un término absoluto para la finalización del permiso por hospitalización, de cinco días, previsto en el artículo 16 del convenio colectivo de la empresa. La sentencia sostiene que, según la legislación vigente, los permisos retribuidos deben extenderse hasta que se agoten los cinco días siempre que haya un reposo domiciliario prescrito tras el alta, considerando tanto la hospitalización como el posterior cuidado en casa.
La controversia surgió tras una comunicación de Pikolin del 27 de octubre de 2023, que presentó condiciones restrictivas sobre el uso de estos permisos, argumentando que debían limitarse a los días de la hospitalización efectiva. Esta interpretación fue denunciada por los representantes de los trabajadores, quienes manifestaron que dicha práctica no solo era contraria a la ley, sino que también perpetuaba desigualdades, en particular la que afecta a las mujeres, quienes tradicionalmente asumen el rol de cuidadoras.
La Sala Social del TSJ subraya que la organización empresarial había interpretado erróneamente el marco legal, llevando a una desigualdad que afecta a los trabajadores y una posible evaporación de la corresponsabilidad en la atención familiar. La sentencia del tribunal resalta que tanto el estatuto como la jurisprudencia relacionada (STS 12-7-18) reconocen la necesidad de proteger los derechos de los trabajadores, extendiendo el plazo de permisos retribuidos no solo a la duración de la hospitalización, sino hasta que haya finalizado el reposo domiciliario prescrito.
Los magistrados dejan claro que la ley no establece la alta hospitalaria como el fin del permiso. En caso de que, tras este alta, se requiera un tiempo adicional de reposo, el trabajador tiene derecho a la continuación del disfrute de estos días de permiso. La decisión judicial subraya una interpretación amplia de los derechos laborales en situaciones de salud que buscan proteger a todos los trabajadores, independientemente de su género o de las necesidades en el hogar.
En consecuencia, el TSJ ha declarado la nulidad de los requerimientos impuestos por Pikolin, condenando a la empresa no solo a cumplir la decisión, sino también a afrontar las consecuencias judiciales derivadas de su actuación. Sin embargo, es importante destacar que esta sentencia no es firme, lo que significa que Pikolin tiene la opción de recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Suprem