¿Puede una Sociedad Civil compuesta por dos autónomos, que en la Ley de subcontratación no se considera empresa y es último eslabón en la subcontratación contratar a un trabajador por cuenta ajena con contrato de obra.... siendo esa sociedad la que lleve a cabo el trabajo que se le encomiende y por tanto sin quedar obligada a estar en el REA y sin poder subcontratar?