SUBORAGACION Y EXCEDENCIA VOLUNTARIA

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Una trabajadora tiene trabajadores que van a ser subrogados con el nuevo concurso, pero tengo varios en excedencia. pero la empresa cuando termine la excedencia va a estar disuelta. Puedo cambiar ahora la causa de baja de la excedencia por la de subrogación? Luego la otra empresa ya le dará de alta cuando finalice su subrogación.
Entiendo que es la manera de desvincularlo de la empresa
 

Wastual

Miembro activo
Realizaría el alta y baja sucesiva con inactividad "z" (para cambiar la causa y así desvincular definitivamente a las personas trabajadoras en cuestión, como bien apuntas) el mismo día en el que el resto de trabajadores también cursen la subrogación, no antes.
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Realizaría el alta y baja sucesiva con inactividad "z" (para cambiar la causa y así desvincular definitivamente a las personas trabajadoras en cuestión, como bien apuntas) el mismo día en el que el resto de trabajadores también cursen la subrogación, no antes.
Entiendo que lo harias el dia en que los otros trabajadores van ser suborgados (antes del fin excedncia)? No cuando finalice digamos la excedencia (que seria el 2029 y aqui la empresa cedente ya no existe)?
Pregunto para confirmar que entendi bien.
 

Wastual

Miembro activo
Correcto: los trabajadores "lo siguen siendo" de la empresa cedente hasta que se subroguen. Es entonces, y sólo en ese momento, cuando se produce la extinción laboral en dicha primera entidad y la condición de empleados lo obtienen respecto de la nueva concesionaria, sin perjuicio de que esta tenga que volver a mecanizar otro alta y baja sucesiva con inactividad "z" para que continúen en situación de excedencia, la cual tienen que respetar por normativa laboral, y así lo tienen que reflejar en el FGA.
 
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GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Correcto: los trabajadores "lo siguen siendo" de la empresa cedente hasta que se subroguen. Es entonces, y sólo en ese momento, cuando se produce la extinción laboral en dicha primera entidad y la condición de empleados lo obtienen respecto de la nueva concesionaria, sin perjuicio de que esta tenga que volver a mecanizar otro alta y baja sucesiva con inactividad "z" para que continúen en situación de excedencia, la cual tienen que respetar por normativa laboral, y así lo tienen que reflejar en el FGA.
Entonces, para hacerlo correctamente, tambien la otra empresa deberia el primer dia que se subroga (con los otros) dar de alta indicando el FIE y baja con incactividad z ? Que pasaría si no lo hace? Ellos saben de la existencia de esos trabajadores en excedencia? Yo lo haria para evitar posibles problemas en el futuro.
 

Wastual

Miembro activo
Si la empresa a la cuál se subrogan los trabajadores no proceden a incorporar al FGA, mediante la operación ya descrita, su situación suspensiva (es decir, que permanecen en situación de excedencia pero respecto de otra empresa), los trabajadores se encontrarían con que el estado de su afiliación a efectos de Seguridad Social no es la que les corresponde, pudiéndoles causar perjuicios o prestaciones indebidas, con la consecuente responsabilidad del nuevo empleador por su "mala praxis".
 
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GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Si la empresa a la cuál se subrogan los trabajadores no proceden a incorporar al FGA, mediante la operación ya descrita, su situación suspensiva (es decir, que permanecen en situación de excedencia pero respecto de otra empresa), los trabajadores se encontrarían con que el estado de su afiliación a efectos de Seguridad Social no es la que les corresponde, pudiéndoles causar perjuicios o prestaciones indebidas, con la consecuente responsabilidad del nuevo empleador por su "mala praxis".
Yo para curarlo en salud, yo dare de baja a las personas que estan en excedencia el dia que de baja a todos lo trabajadores . Lo que haga la otra empresa ya es otro cantar.
 
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