subrogación trabajador código de baja en tesorería

Víctor

Miembro
Buenos días, tengo una trabajador cocinero que pertenece a una sl restaurante que se le va a subrogar a un bar de cocinero también lógicamente, cuyo dueño es autónomo que a su vez es el dueño de la sl a la que pertenece el trabajador originalmente.
¿Qué código hay que poner para la baja en seguridad social el 54, el 55 o el 99?
Yo creo que es el 54, pero en una charla de un inspector de trabajo nos echo la bronca a las gestorías por poner el código 54, que el 99 está muy bien porque es un cajón desastre y tesorería no le vuelca los datos a inspección de ese código. Con el 54 puedes tener una inspección por despido.
Entiendo que el 55 es para compras y fusiones.
 

toni

Miembro conocido
Esto esta mas debatido que que se yo...

55) Baja de trabajadores como consecuencia de fusiones, aborsorciones y segregaciones de empresa que impliquen cambio de CCC.

54) Cambio de cuenta de CCC dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

Da lo mismo una u otra, pero yo siempre la 55, nunca la 99 diga lo que diga el ITSS
 
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