SUBROGACION DE EMPRESAS

CHARO

Miembro conocido
Una empresa A pierde la concesión administrativa de un servicio municipal el 31 de Agosto y gana el concurso la empresa B a partir del 1 de Septiembre y a consecuencia de ello, subrogan a todos los trabajadores.

La empresa A pagaba a sus trabajadores con 14 mensualidades y la empresa B paga por 12 mensualidades, es decir, prorratea las pagas. Cuando llega el mes de Diciembre, ¿quién tiene que abonar a los trabajadores la parte de la paga de Navidad devengada y cotizada por la empresa A desde el 1 de Enero hasta el 31 de Agosto?. Gracias





 

pablo

Nuevo miembro
Si he entendido bien el planteamiento, la empresa A, a fecha 31 de agosto debe liquidar proporcionalmente todos los devengos que ha generado el trabajador, incluidos aquellos que no han vencido pero si devengado.

Singularmente, me ha llegado a ocurrir que la empresa saliente me enviase un talón por cada uno de los importes proporcionales (precisamente la paga de navidad), práctica que no hemos admitido, solicitando una liquidación que reflejara correctamente las partes porporcionales de todos los devengos. Lo que si se conserva, que yo recuerde ahora, son las fechas del calendario de vacaciones.
 

FERNANDO

Miembro conocido
hombre, depende. Habría que ver lo que dice el convenio o el pacto subrogatorio. si fuera subrogación legal las pagas corresponderían a la nueva empresa, pues es entonces cuando nace la obligaciónde pago.
 
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