Hola Compañeros:
Un cliente le han solicitado la rescisión de contrato de limpieza de forma unilateral para final de mes. La prestación de servicios para ese cliente la realizaba una trabajadora hasta agosto de 2015, fecha en la que dejó de realizarla por solicitud de reducción de jornada por guarda legal. La empresa a través de otro trabajador sigue cumpliendo el servicio.
Mi duda surge, a que trabajador debemos subrogar, entiendo que al trabajador principal que era el que venía desarrollando el servicio desde hace más de 2 años, a pesar de su reducción de jornada por guarda legal.
¿Qué opináis?
Muchas gracias
Un cliente le han solicitado la rescisión de contrato de limpieza de forma unilateral para final de mes. La prestación de servicios para ese cliente la realizaba una trabajadora hasta agosto de 2015, fecha en la que dejó de realizarla por solicitud de reducción de jornada por guarda legal. La empresa a través de otro trabajador sigue cumpliendo el servicio.
Mi duda surge, a que trabajador debemos subrogar, entiendo que al trabajador principal que era el que venía desarrollando el servicio desde hace más de 2 años, a pesar de su reducción de jornada por guarda legal.
¿Qué opináis?
Muchas gracias