SUBROGACION OBLIGADA'???

CHARO

Miembro conocido
A ver si me podéis decir algo de esto, porque yo es la primera vez que lo escucho. Tengo una empresa, en concreto una FARMACIA, que tiene contrata una empresa de limpieza, resulta que al no estar contesta con los servicios quiere mirar de cambiar a otra, pues bien, la actual empresa de limpieza le dice que si lo hace tiene que quedarse con la trabajadora que presta sus servicios en dicha FARMACIA. Es esto posible???
 

javier

Miembro
Creo que lo que te preocupa CHARO es que aunque cambies de empresa, la trabajadora que limpia en la Farmacia, es la misma.
 

Clo

Nuevo miembro
Si, Charo, es una cosa rarísima, pero tengo entendido que sí es así. Así lo establece el convenio colectivo de empresas de limpiezas. Saludos,
 

pablo

Nuevo miembro
No conozco todos los C.C. de limpieza del país, pero en todos los que he manejado existe una cláusula de adscripción de personal obligatoria, una práctica común en el sector (además de especialmente conflictiva), que incluso ante la asunción por parte de la principal de la actividad (la farmacia en este caso, haciendose cargo de la limpieza) debe icorporar a la plantilla, que reuniendo los requisitos indicados en el convenio, venia prestando ese servicio.

 

CrisFM

Miembro
pablo dijo:
No conozco todos los C.C. de limpieza del país, pero en todos los que he manejado existe una cláusula de adscripción de personal obligatoria, una práctica común en el sector (además de especialmente conflictiva), que incluso ante la asunción por parte de la principal de la actividad (la farmacia en este caso, haciendose cargo de la limpieza) debe icorporar a la plantilla, que reuniendo los requisitos indicados en el convenio, venia prestando ese servicio.

Yo tampoco me los conozco todos, pero eso de que afecte a la principal no me cuadra. me extraña que un convenio de limpiezas a fecte a empresas de otro sector, dicen que la nueva contrata se hará cargo del personal de la antigua, lo que se ha intentado que esa redacción se entienda que afecte a la empresa pincipal, pero lo que si he visto son batantes sentencias que exoneran a la emrpesa principal de esa obligación y creo que esa es la corriente dominante, aunque supongo que alguna habrá tambien en sentido contrario
 

CHARO

Miembro conocido
Pues si Javier ese es el tema, que la FARMACIA cambia de empresa precisamente porque no está contento con los servicios que presta la trabajadora. Así qué ¿debo entender que tienen que comersela con patatas no??
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Je,je, no le afecta desde el punto de vista estricamente laboral, pero, en el fondo, parece que son los principales afectados, ya que, parece ser que, como cliente final, no están satisfechos con esta empleada del servicio de limpieza y pensaban que cambiando de contrata se la iban a sacar de encima y ahora se dan cuenta que se la han de comer con patatas.

Sólo se me ocurre que, en la medida en que ese instatisfacción  con la empleada pueda deberse a incumplimientos, propongan las medidas disciplinarias oportunas (pero si se trata simp,emente de que no prece muy simpatica o no les gusta su color de uñas, etc, va a ser más difícil).

Saludos

 

CHARO

Miembro conocido
Efectivamente el problema es ese, que la trabajadora no cumple. Pero logicamente la empresa de limpieza es la que tendría que tomar las medidas para sancionarla basandose en las quejas enviadas por la FARMACIA, pero no ha sido así. He estado mirando la opción de coger a una trabajadora en plantilla, pero en el mismo convenio de Limpieza habla de la obligación de contratar a la trabajadora que está ejerciendo. ¿Se puede obligar a una FARMACIA en este caso a acatar un convenio que no le corresponde, obligandole a contratarla si o si??
 

pablo

Nuevo miembro
Y no puede la principal solicitar el cambio del personal que presta el servicio, amparándose en esa falta de productiviad o un incumplimiento del servicio contratado?.

 
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