SUBROGACION

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Una empresa de ocio educativo tiene de baja por inactividad a sus trabajadores fijos discontinuos. La empresa pensaba que ya no iva hacer el servicio de verano porque pensaba que el ayuntamiento iba a sacar el concurso (aun no lo hizo) y que la otra empresa se subrogaba en los trabajadores (yo iba hacer el cambio de causa de baja por suborgacion el día anterior a la subrogacion para asi desvincularlos definitivamente de la empresa). Ahora el ayuntamiento saca para el servicio un contrato menor para prestar ese servicio.
La pregunta es si la empresa adjudicaria de ese contrato menor tiene que subrogarse en los trabajadores que prestaban esos servicios o tengo que mantenerlos en la situacion de baja por inactividad hasta que se apruebe el nuevo concurso del servicio?

El articulo dice:
Para las empresas privadas o entidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, que gestionan cualesquiera de los centros, actividades o programas previstos en los ámbitos del presente convenio colectivo, sean éstos de titularidad pública o privada, en los supuestos en los que se produzca el traspaso/cesión/cambio de la gestión, la adjudicación de la concesión a una nueva empresa o entidad, por finalización/rescisión/resolución del contrato y/o concesión y, concurso posterior, o bien cuando no haya concurso, nos encontremos ante un supuesto de rescate del servicio en base al artículo 130.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, así como en el caso de asunción del mismo por la entidad titular o cualquier otra modificación que modificara el sistema de gestión del servicio, programa, acción, servicio o unidad que se estaba llevando, se estará ante un supuesto de subrogación de los derechos y obligaciones de los/as trabajadores/as con contrato en vigor, considerándose a todos sus efectos que existe sucesión en el servicio, recurso o unidad productiva que mantenga su identidad entendida como conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo la actividad.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues entiendo que se subrogarán en la nueva empresa, aun y cuando la prestación se haya dado con un contrato menor.
 
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