SUBROGACION

jcg73

Miembro activo
Hoy he ido a tramitar una subrogación de trabajadores de una empresa a otra, con su TA8, relación de trabajadores y comunicado al RLT de dicha subrogación. me requieren que aporte sí o sí escritura ante notario de la subrogación.  No sé en qué se basan para exigirme esta escritura, creéis que es obligatorio, dónde está regulado?

 

jcg73

Miembro activo
Que va mr.white, no dice nada el convenio al respecto, a ver si ahora, por capricho de la funcionaria de turno, mi cliente se tiene que gastar un pico en el notario. Estoy por volver y hablar con el jefe de afiliación.
 

jcg73

Miembro activo
Para no darle vueltas al tema en mi tesorería, le he dicho al cliente que se gaste unos euros en hacer la escritura de subrogación, pero no es suficientemente legal el comunicado al comité de empresa con copia a tesorería y al INEM?
 

Mr. White

Miembro activo
En mi opinión, insisto, no hace falta documento notarial para acreditar la subrogación, que puede ser legal o convencional...

Entiendo que, como todo, dicha subrogación puede ser acreditada por cualquier medio de prueba admitido en derecho, lo que no se limita a que tenga que ser un documento ante notario, salvo que alguna normativa lo ordene expresamente, normativa que no ha especificado la funcionaria a jcg73, o sea, que es perfectamente posible que no hubiera dormido bien la noche anterior y por eso, enfadada con el mundo y la vida, le soltara eso a jcg73 y se quedara tan pancha...

Creo que todos nos hemos topado con algún funcionario/personal laboral que se excede en pedirte documentación sin decirte en base a qué te lo pide y cuando pides hablar con su responsable, recula...





 

jcg73

Miembro activo
Me quito el sombrero Mr.White, recuerdo una ocasión que intenté tramitar una baja de autónomo y la funcionaria de turno me ponía pegas, hasta que solicité educadamente hablar con su superior, al final éste me tramitó la baja y cuando me iba escuché a la distinguida funcionaria que le decía a su superior: Porqué se lo has hecho?
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Yo estuve meses intentando poder dar de baja de autónomo al ex-administrador de una SL, y cada vez que iba me pedían más documentación a parte que me ponían siempre pegas , hasta que llegado un día el interesado recibe una carta de TGSS indicando que Inspección de trabajo les habia comunicado que desde fecha xxxx esta persona ya no era administrador y que no procedía a estar encuadrado en el RETA.

Por cocos , procedieron ellos a darlo de baja.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Ya, Mr. White, pero la convencional, por ejemplo, no mantiene las bonificaciones del antiguo empleador. De ahí el interés de TGSS en probar la subrogación.
 
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