Doy por supuesto que te refieres a un "subsidio" de desempleo y no a la "prestación" de desempleo ("el paro"). De ser así efectivamente la cuantía es independiente de la base de cotización por desempleo e igual para todos.
La reforma del sistema de prestaciones (artículo 217 de la LDGG según Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio) introdujo el llamado subsidio parcial. Antes de la reforma, quien cumplía los requisitos para acceder a un subsidio, lo cobraba íntegramente (426 euros mensuales en 2015). No se tenía en cuenta si su último contrato fue a jornada completa o parcial. Ahora la norma ha cambiado y si el último de los contratos, el que da lugar a la situación de desempleo, es un contrato a tiempo parcial, únicamente recibirá la parte proporcional del subsidio, no el total. Los supuestos a los que se refiere el artículo y en los que se aplicará el subsidio parcial son todos, excepto el subsidio para emigrantes retornados, liberados de prisión, los casos de revisión de incapacidad, en los que por ser casos muy específicos no se tiene en cuenta la existencia de un contrato previo a tiempo parcial. Tampoco afecta a las ayudas como el Plan Prepara o la Renta Activa de Inserción.
Si en los últimos meses hay varios contratos con distinta parcialidad, se cobrará el subsidio en función del porcentaje de horas trabajadas en el último de los contratos, si estos contratos son independientes unos de otros. Puede darse el caso de que un trabajador haya estado trabajando para una misma empresa con distinta parcialidad: unos meses a jornada completa, otros a media jornada. En ese caso se hace una media ponderada y en función de esa jornada media se paga el subsidio.