Subsidio por desempleo cuando el conyuge es autonomo

frex2002

Nuevo miembro
Hola a todos,

tengo que solicitar la prorroga del subsidio por desempleo, y tengo un par de dudas que agradeceria alguien me
puidiera resolver.
La unidad familiar esta compuesta por mi mujer, mis 2 hijas de 5 y 10 años respectivamente  y yo, por lo que sé
para calcular la renta por miembro de la unidad familiar, tenemos que dividir el importe bruto de los ingresos por
el nº de miembros de la familia, que en este caso es de 4, queria saber si para este calculo, hay que tener en cuenta
el propio subsidio de desempleo o no, y si el pago que hago de autonomos y que figura en mi nomina como"RETRIB.ESPECIE DEDUCCION", debe descontarse de esta cantidad o no para establecer dicho calculo.

Muchas gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver: el subsidio no cuenta en las rentas. En cuanto al límite, si tú eres autónomos, para empezar, ya no puedes percibir el subsidio. Si lo es tu esposa, sí podrías.

En cuanto al límite familiar, sólo se aplica en mayores de 55 años. si tú no llegas a dicha edad, pues únicamente contarían tus ingresos, no los de tu esposa. En cuanto a los ingresos de tu esposa, recuerda que deben de ser los netos (descontando de lo percibido, los gastos necesarios para la actividad: autónomos, impuestos, alquileres, etc...)
 

frex2002

Nuevo miembro
Gracias Fernando por responder,

el atonomo soy yo, y mi mujer es la que solicita la prorroga, tengo menos de 55 años, y la duda es si la cuota de autonomos
que pago, con lo que me ingresan en mi nomina como retribución en especie, si computa a la hora del calculo que hay
que realizar de ingresos en la unidad familiar, o no.

Gracias de nuevo y un saludo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues sí que computa, pues no deja de ser renta. Pero si tu mujer no tiene más de 55 años, no hay problema, ya digo, ya que sólo ese subsidio contempla la renta de la unidad familiar completa.
 

cuenca

Nuevo miembro
Siento disentir pero las rentas de la Unidad familiar se tienen en cuenta  en el "Subsidio para mayores de 55 años" , en "la ayuda familiar" o "subsidio por cotización insuficiente" ( para el de 3 meses), en el "Plan Prepara" y en "la RAI"
 

calamog

Miembro
Efectivamente se tienen en cuenta, luego hay que dividir por los componentes de la U.Familiar y no pasarse del minimo establecido.

saludos,
 

frex2002

Nuevo miembro
Efectivamente en nuestra situación hay que realizar el calculo que es la suma de los ingresos brutos de la unidad familiar, dividido por el nº de miembros computables que en nuestro caso es de 4, y que no pueden superar el 75% del salario minimo interprofesional por miembro computable.
Pregunte al sepe por lo del autonomo y no se tiene en cuenta para este calculo.

Un saludo.


 
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