Sucesion de empresa

praexedes

Miembro
Un trabajador es despedido de una empresa (S.L.) por causas objetivas, pero en realidad lo que ocurre es que la empresa era de dos socios y discuten, y deciden cerrar la empresa y despedir a los trabajadores, uno de ellos, se queda con el local, clientes, maquinaria, etc... y crea una nueva empresa.
Los trabajadores demandan a la primera empresa y consiguen que se declare el despido realizado como improcedente. Mientras el otro socio, (el que se ha quedado con el local, clientes y maquinaria de la otra empresa) vuelve a contratar a estos trabajadores, de ello hace casi tres años.
ahora el que constituyo la nueva sociedad hace la misma jugada y despide a los trabajadores por despido objetivo.

¿Se puede entender que ha existido una sucesion de empresas y pedir los trabajadores dspedidos ahora para percibir mayor indemnizacion la antiguedad que ostentaban en la parimera empresa que les despidio hace casi tres años?
 

Federico

Nuevo miembro
Hola, podria ser que el juez estimase la demanda, pero el principal problema para que esto suceda es que ha habido un despido por medio con indemnizacion que ha roto la relacion laboral

Para que exista subrogacion la relacion laboral debe estar viva en el momento de la transmision de la empresa, y creo por lo que comentas que ya estaba rota por el despido

Un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pero ten en cuenta que es un fraude de ley; una presunta extinción de la relación para continuarla a continuación. Considero que se podría estimar la antiguedad tranquilamente de la primera sociedad.
 

Clo

Nuevo miembro
POR UN LADO TENEMOS QUE LA MANIOBRA HA SIDO FRAUDULENTA, DE ACUERDO, X LO Q LOS TRABAJADORES PODRÍAN RECLAMAR LA ANTIGÜEDAD DE LA PRIMERA EMPRESA. TAMBIÉN DE ACUERDO.
AHORA BIEN, MI DUDA ES QUE SI SE COMPUTA UNA NUEVA INDEMNIZACIÓN X DESPIDO TENIENDO EN CUENTA LA ANTIGÜEDAD DE LA PRIMERA EMPRESA
¿NO SE DESCONTARÍA DE ESTA IND. LO QUE YA COBRÓ EN EL PRIMER DESPIDO???
SINO NO SERÍA CORRECTO, YA QUE COBRARÍA IND. DOS VECES, NO?
SALUDOS,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo si fuera empresa intentaría restar lo percibido en el primer despido, aunque al ser diferentes empresas creo que no procedería tal descuento.
 

uxio

Nuevo miembro
La antiguedad es un modulo de calculo de la indenizacion de una relacion laboral y si su cuantia es discutida, le corresponde al juez laboral establecerla a la par que declara la improcedente el despido y establece la condena a la opcion entre la readmision y la indenizacion, que salvo que existan razones especiales, representante de los trabajadores, embarazadas , etc. etc. , sera una opcion que ejercera la empresa. El criterio generalmente admitido es que el juez puede reconocer con cierta descricionalidad cual es el dato de antiguedad que ha de usarse para el calulo de tal indindenizacion y por lo tanto existen criterios varios sobre como determinar ese valor.

Por lo tanto no podemos hablar descontar lo recibido anteriormente como indenizacion o afirmaciones similares, el calculo de la antigueda en un supuesto no tiene por que ser el mismo en otro.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Le corresponde al juez, pero siempre siguiendo criterios legales. Imagínate el caso (a veces sucede) de romper una relación laboral por despido pagando 45 días por año para, inmediatamente, reanudar la relación laboral en la misma empresa. Entonces, en caso de nuevo despido, considero que la antigüedad sería la de tiempo de prestación de servicios total sin tener en cuenta la indemnización pagada para romper una presunta primera relación laboral. Eso sí, en este caso, considero que se podría restar la primera indemnización pagada para evitar enriquecimiento injusto.
 

praexedes

Miembro
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, intentaré defender lo de la antiguedad mediante el fraude de ley, pues tambien sucede en el caso de que antes del fallo por despido en la primera empresa ya estaba trabajando en la segunda.
 
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