Asturias-social
Miembro
Buenos días,
A ver que opináis: operario en una obra que, mientras estaban haciendo trabajos en altura infringe las normas de seguridad (salta sin protección de la cesta al andamio). Se le da la carta de apertura de expediente para que alegue y se procederá a su extinción disciplinaria pasados los 3 días. Sin embargo, obviamente, el personal de seguridad de la obra le tiene prohibida la entrada a este hombre por lo que no puede trabajar.
¿Cómo reflejáis esos 3 días en la nómina?
Gracias
A ver que opináis: operario en una obra que, mientras estaban haciendo trabajos en altura infringe las normas de seguridad (salta sin protección de la cesta al andamio). Se le da la carta de apertura de expediente para que alegue y se procederá a su extinción disciplinaria pasados los 3 días. Sin embargo, obviamente, el personal de seguridad de la obra le tiene prohibida la entrada a este hombre por lo que no puede trabajar.
¿Cómo reflejáis esos 3 días en la nómina?
Gracias