Superposición de ontratos

martada

Miembro
Buenas tardes;

Por favor me ha surgido la siguiente situación hoy:

Me piden que realice un contrato a una trabajadora de interinidad 410 durante el mes de vacaciones que disfrutará una empleada contrato 100. Mi duda es que la trabajadora 410 trabajará, además media jornada contrato 401 en otra empresa  (tan solo una semana), la cual empieza a la vez que el contrato de interinidad.

Estós contratos pueden coincidir o hay algo que lo impida.

Gracias de antemano!
 

EL NOMINAS

Miembro activo
En mi opinión pueden coincidir. Lo que haga la trabajadora durante el periodo vacacional nada le importa a la empresa.
 

martada

Miembro
Hola Sr. Nóminas, gracias por tu respuesta tan rápida...pero creo (bueno, estoy segura :'() que me he expresado mal: "la trabajadora a la que haré contrato de interinidad 410 también trabajará una semana con un contrato 502 en otra empresa"

Gracias!!
 

Ro

Miembro activo
Un/a trabajador/a puede trabajar en una o más empresas.
Pero recuerda que el contrato de interinidad (410) no es para sustituir vacaciones, para eso es el 402 (aumento de trabajo)
Un saludo
 

ManuelSM2

Miembro
Iba a decir lo mismo que Ro, pero se me ha adelantado. Es un 402 si se trata de sustituir a un trabajador en vacaciones.
Respecto a que vaya a tener dos contratos, el único inconveniente que puede haber es que el trabajador supere la base de cotización máxima con la suma de las bases de las dos nóminas. Tendría que ir a la administración más cercana para que se lo regularan. Por lo demás, no es problema, a no ser que a Seguridad Social le dé por investigar si lo ve poco creíble. Pero rara vez ocurre.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Tenéis razón 402 y no 410, yo en algún caso he utilizado para sustitución de vacaciones el 410 y no he tenido problemas. Pero lo suyo es un 402, como ya me advirtió Fernando.
 

martada

Miembro
Por favor,entonces me ha surgido otra duda enorme :(

Cuando hago un contrato sustitución por maternidad a una trabajadora y la mamá después de la maternidad une el mes de vacaciones,podría prorrogar el contrato 410? O debería modificarlo a un 402?

Gracias de antemano!
 

martada

Miembro
Buenos días:

Sigo un poco perdida (bastante :-[) no sé si debo finalizar el contrato 510.
En la tesorería he cambiado el tipo de contrato y he consultado el IDC de la trabajadora interina y consta que el contrato de 510 finalizó el 29 abril y que el 30 abril empezó el contrato 502, todo correcto.
Lo que no sé es qué debo hacer en el contrat@, aquí me dicen que deje todo como está puesto que la trabajadora sigue con las mismas condiciones pero tengo dudas de si debo poner fecha real de fin de contrato en la aplicación del contrat@. Aunque, por otro lado, cuando calcule el finiquito las vacaciones que ha disfrutado deben contar desde ese primer contrato, 510 en este caso.

Buenos que estoy bastante perdida. Necesito vuestra ayuda, por favor.

Gracias de antemano!
 

ManuelSM2

Miembro
martada dijo:
Buenos días:

Sigo un poco perdida (bastante :-[) no sé si debo finalizar el contrato 510.
En la tesorería he cambiado el tipo de contrato y he consultado el IDC de la trabajadora interina y consta que el contrato de 510 finalizó el 29 abril y que el 30 abril empezó el contrato 502, todo correcto.
Lo que no sé es qué debo hacer en el contrat@, aquí me dicen que deje todo como está puesto que la trabajadora sigue con las mismas condiciones pero tengo dudas de si debo poner fecha real de fin de contrato en la aplicación del contrat@. Aunque, por otro lado, cuando calcule el finiquito las vacaciones que ha disfrutado deben contar desde ese primer contrato, 510 en este caso.

Buenos que estoy bastante perdida. Necesito vuestra ayuda, por favor.

Gracias de antemano!

A la trabajadora se le debería haber realizado un contrato nuevo, comunicándolo en Contrat@ y cursando baja y alta en S.S.
 
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