SUPRESION DE APLICACION DE BONIFICACIONES

ANUSKILLA

Nuevo miembro
Alguien me puede aclarar esta duda:
En Noticias del sistema red del 9 de agosto nos dicen:
No será de aplicación lo previsto en la Disposición derogatoria única DEL REAL DECRETO-LEY 20/2012, DE 13 DE JULIO a las bonificaciones recogidas en las siguientes disposiciones:Los apartados 2, 3, 4, 4 bis, 5 y 6 del artículo 2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y empleo (que  habla de contratación de minusválidos)

y luego en la  Disposición derogatoria única del mencionado real decreto ley nos dice:  Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones: f) El artículo 4.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo (que nos habla de que se elimina las bonificaciones por reincorporacion de maternidad.

En definitiva, a partir de agosto, tampoco podré aplicar la bonificaciones del resto de los contratos que venian regulados por dicha ley? Es que la disposición derogatoria unica señala únicamente que queda derogado el artículo 4.2 y del resto no habla, mientras de sistema red en su comunicado nos hace entender que se derogan todos excepto los relacionados con minusválidos. A quien le hacemos caso por que esto hai que aplicarlo a partir de agosto.


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