Hola compañeros:
Estoy preparando una suspensión de empleo y sueldo para un trabajador de hostelería. La cuestión es que se abrió expediente, no se han presentado alegaciones, pero el cliente me comenta que quiere sancionarle con un mes pero a partir del 01 de Octubre, por la necesidad del personal para la temporada de verano.
A mi humilde entender, supongo que puedo aplazar dicha sanción hasta Octubre, argumentado en la carta la estacionalidad del negocio y no causar más perjuicio.
¿estoy equivocado? o puedo aplicarla en Octubre
Un saludo
Estoy preparando una suspensión de empleo y sueldo para un trabajador de hostelería. La cuestión es que se abrió expediente, no se han presentado alegaciones, pero el cliente me comenta que quiere sancionarle con un mes pero a partir del 01 de Octubre, por la necesidad del personal para la temporada de verano.
A mi humilde entender, supongo que puedo aplazar dicha sanción hasta Octubre, argumentado en la carta la estacionalidad del negocio y no causar más perjuicio.
¿estoy equivocado? o puedo aplicarla en Octubre
Un saludo