SUSPENSION DE JUICIO ORAL

Veis recogido en el art. 83 LRJS o en el 188 LEC la solicitud de suspensión de una conciliación y juicio oral en materia de SANCION DISCIPLINARIA cuando con posterioridad a la impugnación de dicha medida disciplinaria hubo un procedimiento por despido en el que, entre otras, sirvieron de base los mismos motivos de aquella sanción, hubo Sentencia que declaró la procedencia del despido (y por tanto de la actuación indisciplinada de la trabajadora) pero NO ES FIRME tras presentarse SUPLICACION ante el TSJ?

Os parece razonable solicitar la suspensión en tanto no haya firmeza del procedimiento por despido que valoró las actuaciones de la actora?? Este Juicio lo va a ver el mismo Juez que declaró procedente el despido basado en los mismos actos que con anterioridad al despido fueron motivo de sanción disciplinaria.
 

mafaldasur

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Art 86.4 LRJS

LITISPENDENCIA

4. La tramitación de otro procedimiento ante el orden social no dará lugar a la suspensión del proceso salvo en los supuestos previstos en la presente Ley, sin perjuicio de los efectos propios de la litispendencia cuando se aprecie la concurrencia de dicha situación procesal. No obstante, a solicitud de ambas partes, podrá suspenderse el procedimiento hasta que recaiga resolución firme en otro procedimiento distinto, cuando en éste deba resolverse la que constituya objeto principal del primer proceso.

mañana nos vemos!!!
 
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