Hola chicos:
Me ha llegado al despacho una suspensión de empleo y sueldo (a un amigo) desde el día 23/07/2014 hasta el 31/08/2014, falta muy grave...etc etc
Lo que me llama la atención es que él tiene firmadas las vacaciones en esa empresa desde 30/08/2014 hasta el 01/09/2014 incluidas. Es decir, la sanción se solapa con las vacaciones 30 y 31 de Agosto. Y además alegando la suspensión sin ser firme ni Dios que la ha pintado conforme a ese mes y medio de de suspensión le quitan 3 días de vacaciones.
1. La situación del solapamiento ¿No supondría una vulneración del art 58.3 del ET y por lo tanto sería nula la sanción?
2. En el caso de una suspensión de empleo y sueldo. ¿Se minoran los días de vacaciones acorde al periodo suspendido? ¿Si hay reclamación se podrán minorar antes de que sea firme la sanción?
Muchas gracias por todo y siento el peñazo
Me ha llegado al despacho una suspensión de empleo y sueldo (a un amigo) desde el día 23/07/2014 hasta el 31/08/2014, falta muy grave...etc etc
Lo que me llama la atención es que él tiene firmadas las vacaciones en esa empresa desde 30/08/2014 hasta el 01/09/2014 incluidas. Es decir, la sanción se solapa con las vacaciones 30 y 31 de Agosto. Y además alegando la suspensión sin ser firme ni Dios que la ha pintado conforme a ese mes y medio de de suspensión le quitan 3 días de vacaciones.
1. La situación del solapamiento ¿No supondría una vulneración del art 58.3 del ET y por lo tanto sería nula la sanción?
2. En el caso de una suspensión de empleo y sueldo. ¿Se minoran los días de vacaciones acorde al periodo suspendido? ¿Si hay reclamación se podrán minorar antes de que sea firme la sanción?
Muchas gracias por todo y siento el peñazo