Hola, a ver como véis este tema.
El art. 67.4 del ET señala que en caso de producirse una vacante en el caso de delegados de personal se sustituirá con el que hubiera tenido un número de votos inmediatamente inferior al último elegido.
Bien, de forma general, esta cuestión no me genera más dudas.
Pero imaginad el caso (que se me acaba de presentar) que se trata de una empresa o centro de trabajo en el que las últimas elecciones han sido parciales por aumento de plantilla (en las elecciones iniciales no se superaban los 30 empleados, se elige a un único delegado, luego se supera esa barrera y se celebran elecciones parciales para elegir a los otros dos para conseguir los 3 que corresponden en total)
Quien se va es el delegado que fue elegido en las elecciones iniciales.
Como detalle, el candidato de la otra candidatura y que no fue elegido en las elecciones iniciales (pero como eran dos, fue el 2º más votado, claro) no se presentó en las parciales (aunque fueron elegidos justo los dos de su sindicato).
Como observación (aunque entiendo que no debería tener más repercusión ya que ello no le debería haber impedido presentarse) en el momento de celebrarse las elecciones parciales por ampliación de plantilla, ese candidato no elegido en las iniciales (el que quedó 2º y último, vaya) estaba de baja (lo estuvo durante varios meses).
¿Quién debería ser el sustituto del que se va de la empresa? (y, por si tiene alguna relevancia, repito, es justo el que salió elegido como único representante en las elecciones iniciales?
En fin, no sé si alguno de vosotros puede tener este tema más o menos contrastado o alguna opinión al respecto.
Gracias y saludos
El art. 67.4 del ET señala que en caso de producirse una vacante en el caso de delegados de personal se sustituirá con el que hubiera tenido un número de votos inmediatamente inferior al último elegido.
Bien, de forma general, esta cuestión no me genera más dudas.
Pero imaginad el caso (que se me acaba de presentar) que se trata de una empresa o centro de trabajo en el que las últimas elecciones han sido parciales por aumento de plantilla (en las elecciones iniciales no se superaban los 30 empleados, se elige a un único delegado, luego se supera esa barrera y se celebran elecciones parciales para elegir a los otros dos para conseguir los 3 que corresponden en total)
Quien se va es el delegado que fue elegido en las elecciones iniciales.
Como detalle, el candidato de la otra candidatura y que no fue elegido en las elecciones iniciales (pero como eran dos, fue el 2º más votado, claro) no se presentó en las parciales (aunque fueron elegidos justo los dos de su sindicato).
Como observación (aunque entiendo que no debería tener más repercusión ya que ello no le debería haber impedido presentarse) en el momento de celebrarse las elecciones parciales por ampliación de plantilla, ese candidato no elegido en las iniciales (el que quedó 2º y último, vaya) estaba de baja (lo estuvo durante varios meses).
¿Quién debería ser el sustituto del que se va de la empresa? (y, por si tiene alguna relevancia, repito, es justo el que salió elegido como único representante en las elecciones iniciales?
En fin, no sé si alguno de vosotros puede tener este tema más o menos contrastado o alguna opinión al respecto.
Gracias y saludos