Hola,
expongo caso a ver si os ha surgido o podéis darme opinión:
contrato de relevo celebrado en abril 2010 a tiempo completo para sustituir al trabajador que accede a la jubilación parcial que reduce su jornada en el 85% (porcentaje permitido en legislación del momento del contrato)
hace una semana el relevista ha causado baja voluntaria y vamos a proceder a sustituirlo por una persona que dispone de contrato temporal en la empresa, pero la actual legislación para este tipo de contrato (desde 17 marzo 2013) solo permite una reducción de jornada de entre el 25% y 50% y es condición para la celebración del mismo
Debo entender ¿qué no es un contrato nuevo si no una "prorroga" del celebrado en 2010 y eso me permite ampararme en la reducción actual del relevado del 85% o qué otra opción/es tendría?, porque no me parece razonable condicionar la reducción del relevado en función de la extinción del relevista y los cambios legislativos en el tiempo, y en esa línea también tengo dudas con respecto al acceso a la prestación de jubilación completa pues hoy se le exige más carencia.
Gracias
expongo caso a ver si os ha surgido o podéis darme opinión:
contrato de relevo celebrado en abril 2010 a tiempo completo para sustituir al trabajador que accede a la jubilación parcial que reduce su jornada en el 85% (porcentaje permitido en legislación del momento del contrato)
hace una semana el relevista ha causado baja voluntaria y vamos a proceder a sustituirlo por una persona que dispone de contrato temporal en la empresa, pero la actual legislación para este tipo de contrato (desde 17 marzo 2013) solo permite una reducción de jornada de entre el 25% y 50% y es condición para la celebración del mismo
Debo entender ¿qué no es un contrato nuevo si no una "prorroga" del celebrado en 2010 y eso me permite ampararme en la reducción actual del relevado del 85% o qué otra opción/es tendría?, porque no me parece razonable condicionar la reducción del relevado en función de la extinción del relevista y los cambios legislativos en el tiempo, y en esa línea también tengo dudas con respecto al acceso a la prestación de jubilación completa pues hoy se le exige más carencia.
Gracias