tarifa plana, despido

gesfi

Nuevo miembro
Una pregunta, trabajador con contrato temporal, de baja por fin de contrato, reclama por considerar que su contrato es indefinido, tiene razón, reconocemos y pagamos en cnciliación, entonces segÚn el Real Decreto 3/2014, 1-b mientras sea reconocido en conciliacion NO AFECTA A LA TARIFA PLANA?
 

jcg73

Miembro activo
Al no ser declarado judicialmente, la empresa no queda penalizada durante 6 meses de aplicar tarifa plana. Pero sí q cuenta este despido para calcular el mantenimiento de empleo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es lo mismo: no es declarado, sino reconocido.

Y no entiendo qué dices, jg73: la ley dice que no cuenta, y punto. Es decir, que te puedes seguir aplicando la tarifa planta como si no hubiese habido despido.
 

Ro

Miembro activo
Mi opinión es que si en el SMAC se reconoce la improcedencia, el despido es improcedente y por lo tanto...Lo de reconocido o declarado, no creo que sea el espíritu de la ley, como dicen mucho actualmente cuando luego hay problemas.
" No haber efectuado despidos por causas objetivas, despidos disciplinarios declarados como improcedentes o despidos colectivos (ERES) en los seis meses anteriores la formalización de los contratos indefinidos que dan derecho a la Tarifa Plana"

Dónde figura que sea judicialmente??
Entiendo que si incluso de motu propio la empresa reconoce y paga la improcedencia en un despido disciplinario (con el irpf en la indemnización, etc.. etc..) la empresa no puede acogerse a la tarifa plana.
 

Ro

Miembro activo
Bueno poder puede... yo no lo haría por si las moscas, después de escuchar al jefe de inspección de mi provincia diciendo que dentro de un año, van a tener que devolverla muchas empresas pues no cumplen ...no me arriesgo.
Recordad, la tarifa plana es una medida propagandística muy buena, pero realmente a la administración no le conviene que se hagan muchas, pues las arcas de la S.S. siguen estando vacias..
 

gesfi

Nuevo miembro
Lo dice en punto 2 del articulo unico letra b)
"No haber exitinguído contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción.
 

jcg73

Miembro activo
Fernando, si dicho despido reconocido improcedente entra en el tramo de 30 días, se cuenta como un trabajador menos para hacer el promedio de plantilla.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Josep:

1.- Ya digo: bajo mi punto de vista, el nivel de empleo se ha de aguntar los 36 meses. Independientemente de que se compruebe anualmente. si la ley dice 36 meses, son 36, independientemete de que se compruebe el nivel de empleo cuando se compruebe. No sé de dónde sacáis que se limita a los 12 meses.

2.- En todo caso, la ley habla de que un despido objetivo NO SE TIENE EN CUENTA para el mantenimiento del empleo. Por tanto, no se computa a dichos efectos.

Es que me parece obvio.
 

lider

Nuevo miembro
Daré pena sí, pero espero que nunca esteis en mi situación. De todas formas ya veo que la solidaridad es algo escaso. Tan solo pedía ayuda, no un millón de euros.

De todas formas, muchas gracias. Lo cortes no quita lo valiente
 

leguleyo

Nuevo miembro
¿Pero tú crees que la gente te va a leer más por ponerlo 30 VECES EN 30 HILOS DIFERENTES?

El resto de foreros también tiene dudas, y si tú te metes en sus hilos pasando de ellos para "hablar de tu libro", como que no hace mucha gracias. Para todo el resto, San Google y el teléfono de atención del Sistema RED 901502050.

PD. http://www.grupoglorieta.com/documentos/CF/GUIA_BASICA_CONTRATO_FORMACION_2014.pdf
 

fundación

Miembro conocido
Usuario "lider", 35 mensajes: 34 machacando con lo mismo y 1 para revolverse a una queja más que lógica.

Sin el mínimo espíritu de autocrítica.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Ni de iniciativa, porque pones contrato de formación y aprendizaje en google y salen 40090990310932 resultados útiles...
 
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