Tarifa Plana Reducida

martada

Miembro
Buenos días!
Por favor alguien se le ha planteado la devolución de la reducciones de la Tarifa Plana Reducida?
El caso es que yo no sé a ciencia cierta si debería devolver estas reducciones. En los requisitos en el apartado 2-d) Mantener durante un periodo de 36 mese, acontar desde la fecha de efectos de contrato indefinido con aplicación de la reducción, tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total alcanzado, al menos, con dicha contratación. Se examinará el mantenimiento del nivel de empleo indefinido y del nivel de empleo taotal cada doce meses. Para ello, se utilizarán el promedio de trabajadores indefinidos y el promedio de trabajadores totales del mes en que proceda examinar el cumplimiento de este requisito.
La empresa hace un despido improcedente en el mes 21 y ese mismo mes contrata indefinida a otra trabajadora.
Cuando revisen el nivel de empleo el mes 24, no habrá variación ni del nivel de empleo indefinido ni de promedio total de trabajadores.

No habrá que hacer devolución alguna,....verdad?

Gracias de antemano ;)
 

Ro

Miembro activo
No habrá devolución alguna, porque cumple los requisitos de mantenimiento de empleo.
 
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