Tarifa plana

ikosta

Miembro
Se me ha planteado un caso de dos posibles contratos con tarifa plana. Es un caso que se coje con pinzas, pero entiendo que sí que cumple los requisitos, os ruego me corrijáis si consideráis lo contrario, os lo detallo :

Empresa con dos trabajadores temporales a 50% jornada y 25% jornada (coeficiente 0,75 según sistema Red.
El trabajador de 50% se da de baja voluntaria y posteriormente se le contrata fijo discontinuo con tarifa plana a jornada completa.
A la  misma vez se realiza otro contrato fijo discontínuo (tarifa plana también), pero este a media jornada.

Entiendo que al ser temporal no le afecta el apartado f. de la Ley y al ser baja voluntaria tampoco le afecta el apartado e) en relación a las exclusiones.

Y También se esta cumpliendo el requisito de creación de empleo (aunque sea por un 50%).

Gracias por vuestro comentarios
 

jcg73

Miembro activo
Entiendo que sí, siempre y cuando entre temporal y tarifa plana media al menos 1 día sin alta en la empresa.
 

shg

Miembro
En una reciente charla dada por un Inspector, comentó que, a su criterio, se va a tomar a los trabajadores como unidades enteras. (y no dijo nada más).

Por lo tanto, interpretando esas palabras y según el ejemplo de ikosta, tengo dos trabajadores temporales hoy, causan baja mañana, y dentro de una semana vuelven a causar alta con la peculiaridad de la Tarifa Plana, al calcular la media de los 30 días anteriores el Inspector calcularía así:

1º Plantilla en los 30 días anteriores a la contratación (¿cuántos trabajadores tenías?) = 2 temporales

2º Plantilla tras la contratación: ¿cuántos trabajadores tienes? = 2 fijos.

Aumentó la plantilla fija? Sí

Aumentó la plantilla total? No

Por todo ello, y en caso de que finalmente sea así, ya no vale la teoría de "con un día fuera de la empresa la media baja y puedo contratar con tarifa plana".

No

Habría que esperar 30 días para que ese trabajador que causó baja sea un 0 en el computo de plantilla.

Y conste que todo esto es especular ...
 

jcg73

Miembro activo
En tu ejemplo expuesto, según la charla a la q asistí:
Trabadores 30 días antes del cto: 0,75 x 2= 1,5 (+ o -)
Por lo tanto, se incrementa el n° total y fijos de empresa.
Dónde fue tu conferencia??
 

Clo

Nuevo miembro
A mí me parece más lógico el criterio que expone jcg73, o a lo mejor es que estoy más acostumbrada a verlo así x tema módulos!
En mi conferencia: dicen que no lo tienen claro, porque no es que tengan que interpretar la ley, es que NO ESTÁ LEGISLADO!
Tiende a pensar igual que es más correcto el cálculo con los porcentajes, tal y como sale en sistema red (cálculo promedio trabajadores).
Saludos,
 
Arriba