Hola
Tengo una duda...
Me ha llegado un cliente que hace dos meses que no tiene asesoría, pero tiene un trabajador x cta ajena en situación de incapacidad temporal (por lo que tc hubiese sido saldo acreedor).
El tc de enero no fue presentado, ni x red ni en papel...
Intentaba hacer el tc en papel, con la cuota de s.s. con el 20% y después aplicar el descuento de la s.s., (así saldría un saldo acreedor de importe más pequeño, pero me lo calcula mal... me da un 20% más de saldo acreedor!)
No se si es problema de mi programa, o es que lo que quiero hacer no se puede, y debería de pagar la cuota con el 20%, y por otro lado solicitar devolución de ingresos indebidos por la totalidad de la prestación...
Saludos
Tengo una duda...
Me ha llegado un cliente que hace dos meses que no tiene asesoría, pero tiene un trabajador x cta ajena en situación de incapacidad temporal (por lo que tc hubiese sido saldo acreedor).
El tc de enero no fue presentado, ni x red ni en papel...
Intentaba hacer el tc en papel, con la cuota de s.s. con el 20% y después aplicar el descuento de la s.s., (así saldría un saldo acreedor de importe más pequeño, pero me lo calcula mal... me da un 20% más de saldo acreedor!)
No se si es problema de mi programa, o es que lo que quiero hacer no se puede, y debería de pagar la cuota con el 20%, y por otro lado solicitar devolución de ingresos indebidos por la totalidad de la prestación...
Saludos