La situación en prácticamente todas las empleadas de hogar es la misma: han trabajado hasta el 13 de marzo.
Algunos empleadores han pagado todo el salario del mes de marzo y otros han abonado únicamente los días trabajados.
En cualquier caso, entiendo que todos abonan el importe a la seguridad social del mes completo.
Respecto a las nóminas del mes de abril, y viendo que el subsidio por desempleo para empleadas de hogar según se ha comentado no será posible solicitarlo hasta el mes de mayo, surge la duda de qué hacer con las nóminas de abril.
Entiendo que una vez que sea posible solicitar el subsidio, el empleador deberá presentar un escrito conforme la empleada no ha prestado servicios para que pueda acceder a la prestación que será con efectos retroactivos desde el 14 de marzo.
La nómina del mes de abril entiendo que no se abona, pero el empleador sigue abonando las cotizaciones a la seguridad social.
Algunos empleadores han pagado todo el salario del mes de marzo y otros han abonado únicamente los días trabajados.
En cualquier caso, entiendo que todos abonan el importe a la seguridad social del mes completo.
Respecto a las nóminas del mes de abril, y viendo que el subsidio por desempleo para empleadas de hogar según se ha comentado no será posible solicitarlo hasta el mes de mayo, surge la duda de qué hacer con las nóminas de abril.
Entiendo que una vez que sea posible solicitar el subsidio, el empleador deberá presentar un escrito conforme la empleada no ha prestado servicios para que pueda acceder a la prestación que será con efectos retroactivos desde el 14 de marzo.
La nómina del mes de abril entiendo que no se abona, pero el empleador sigue abonando las cotizaciones a la seguridad social.