tema para debate

elchuske

Miembro conocido
se me presenta la siguiente discusion: Una empresa que ha despedido a empleados por causas objetivas, es decir, por dinerito y que las causas alegadas son ciertas. le viene una carga de trabajo para algunos dias de este mes. Con la gente que se ha quedado no tiene suficiente para entregar estos trabajos y tiene que contratar. Es obvio que no puede o al menos a mi me parece que no . Pero si podria subcontratar a otra empresa, eso si me parece mas factible. La empresa que le va a facilitar los trabajadores es un particular que se dedica a facilitar apoyo a las empresas de mano de obra de cualquier clase, vamos un pistolero universal .Eso si dado de alta y todo correcto. Podria tener problemas la empresa en cuestion tratandose de un apreton coyuntural???. y.. podria catalogarse como prestamismo laboral . ??? Yo opino que efectivamente tendria problemas y es prestamismo laboral aunque este punto no me queda claro porque subcontratas en este pais hay a patadas . Los trabajadores prestarian sus servicios en la sede de la empresa contratante . Y en obras varias en toda España . Que opinais???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Es prestamismo laboral si trabaja bajo las órdenes de los encargados de la empresa. En cuanto a contratar después de un despido objetivo, no debería de haber problema si, efectivamente, concurren las causas, tanto del despido, como de la necesidad coyuntural de mano de obra. Contrata por circustancias y déjate de líos.
 

elchuske

Miembro conocido
pues aqui los abogados del despacho dicen que de contratar nada que ni se le ocurra al cliente, que mejor y si no hay mas remedio a una subcontrata . Pero eso si que por el taller no aparezcan los de la subcontrata que tampoco habria mayor problema porque son montadores y estan casi todos los dias en la calle .
 
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