Sigue cobrando la baja médica mientras continúe en i.t., ya que una vez generado el derecho por encontrarse dado de alta y tener el periodo de carencia, no es requisito para continuar el percibo de la prestación mantenerse de alta.
Una vez elegida la mejora de las contingencias profesionales no se pueden quitar en cualquier momento, sino que ha de mantenerlas hasta que una nueva opción realizada antes del 1 de octubre le permita, a partir de enero del año siguiente a la nueva opción, estar exento de esa cuota voluntaria.
Saludos.