tiempo descanso bocadillo

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majose

Guest
Hola
Tengo varias dudas a cerca de un tema: el tiempo de descanso (bocadillo)
¿existe tiempo destinado al bocadillo en jornada partida de 8 a 14 y de 15 a 17 horas? el convenio no indica nada.
El descanso del art 34 del ET de jorandas continuada que excedan de 6 horas, ¿es para jornadas continuadas de 6 horas, ó para jornadas de MAS de 6 horas? ¿si la jornada es partida  y el primer bloque  es de 8 a 14 se aplica el descanso?

Gracias de antemano
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Entiendo que legalmente no, no corresponde ese descanso en base al literal del art. 34 del ET (y ante la ausencia de ninguna prevision sobre el tema a nivel de convenio), ya que no se superan las 6 horas. Otra cosa es que la empresa pueda considerar razonable el que se realice alguna pausa durante ese tiempo, pero por imperativo lega, no.

En cualquier caso, tampoco olvidemos que aún en los casos en los que sea obligatoria esa pausa, por tratarse de jornadas continuadas que superen las 6 horas, ese tiempo no tendrá la consideración de trabajo efectivo, salvo que el convenio aplicable establezca expresamente otra cosa.

Un saludo
 
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