Atención lo que se pide por parte de la inspección es un registro de horas diario, y lo más importante , a tiempo real , día a día no sirve a mes vencido como es el caso de la nomina que se calcula y se saca a mes vencido.
En resumen , lo que los programas deberán de confeccionar es un calendario ANTICIPADO , esto es del mes siguiente al de la nómina, de tal manera que cuando mandemos las nóminas del mes "N", adjuntemos el calendario registro del mes" N+1", para que la empresa y los empleados lo vayan rellenado y a fin de mes lo firmen y lo guarden.
Repito no vale a mes vencido...salvo mejor opinión , deberemos de exigir a los PROGRAMAS, SAGE, A3 ETC......que nos proporcionen los requeridos calendarios registros objeto de requerimiento por la inspección de trabajo.
Saludos