Y pregunto, dentro del objeto social de vuestra empresa, sería viable que celebrarais un contrato mercantil con objeto de dar formación práctica a la trabajadora sobre un servicio que vendéis?. Y la empresa a la que asesorías formalizase de alguna forma la formación a la trabajdora a cargo de dicha empresa por la que está contratada, mismo horario si puede ser, etc.
Ya se que comentaste que sería gratuito...pero el precio que le pongáis aunque no se vaya a pagar realmente no podéis cuadrarlo descontando algo del otro contrato de prestación servicios asesoramiento (para justificar el pago, lo ingresas por un lado pero luego te cobro menos en servicios asesoramiento en meses x no seguidos para que no sea cantoso para que salga gratis). No sé si me explico.
Más que por una posible inspección en si, yo el tema más crucial lo veo en si la trabajadora sufre un accidente de trabajo en vuestro centro o in itinere, ahora todo es buen rollo pero si fuese de gravedad luego las cosas resultan de otra forma. Tampoco se la distancia ni si estáis siquiera en mismo municipio, provincia...pero un accidente in itinere que se produzca fuera del camino habitual como se lo explicáis a la mutua? Porque habrá un atestado, parte amistoso, parte de ambulancia, etc.
Yo creo que que dándole unas vueltas puede "legalizarse" la situación. No se como lo veis como alternativa, pero creo de hacerlo así o de forma similar evitaría eventuales problemas.