TRABAJADOR DESPLAZADO

Buenos dias

Desde diciembre 2013 tengo un trabajador español al que su empresa española ha desplazado a Londres, este 2014 estará el año entero un Londres, que hay que hacer con su retribución bruta? no lo estamos poniendo en el mod 111 ni aplicando % de IRPF, pero esto es correcto???  cuando se comunicó el desplazamiento a la TGSS se informó que era la empresa destino la que pagaba el salario

gracias
 
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