TRABAJADOR QUE HA SOLICITADO RECAÍDA 170.2 DE LGSS

AL1978

Miembro conocido
Buenos días:

La duda es esta. No me ha ocurrido nunca esta situación

Un trabajador que ha superado los 365 días de baja IT y el INSS le pone de alta. Recurre el alta y el INSS confirma el alta médica. (Enero 2021)

No recurre vía jurisdiccional. Nosotros (empresa) acordamos que disfrute las vacaciones pendientes del periodo de IT debiendo incorporase a su puesto de trabajo una vez disfrutadas 5 marzo de 2021.

Hoy nos comunica (justificante) que ha presentado SOLICITUD BAJA POR RECAÍDA ante el INSS vía 170.2 LGSS.

La pregunta es:

¿cuál es la situación del trabajador mientras se resuelve su petición ?
¿Debe incorporarse a trabajar? Entiendo que no
¿Situación de Pago directo?
Por otro lado entiendo que no tendría derecho a prestación de IT mientras no se reconozca la baja IT(recaída)???

Muchas Gracias


 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, debe reincorporarse a trabajar, salvo que el médico le expida el certificado de baja, que no tendrá efectos económicos salvo que el INSS así lo decida.
 
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