trabajar domingo

Arturo39

Miembro
Buenas tardes, os pregunto por si tenéis algún cliente en esas condiciones.

Un cliente tiene una tienda de dulces ( convenio comercio en general) y quiere cambiar a su trabajadora para que trabaje de lunes a viernes de 14:00 a 21:00 y domingos de 17:00 a 22:00.

La trabajadora esta de acuerdo, pero nos pregunta si esos domingLos no tendría que cobrar más.


El convenio dice:
Artículo 16º.- Complemento de domingos y festivos.
Los trabajadores afectados por el presente convenio, cuando presten servicio alguno de los domingos o festivos
autorizados y que éstos hayan sido previstos en el calendario laboral anual como días laborables, percibirán un
complemento de 3,71 euros por hora trabajada

Pero un domingo que no sea autorizado, un domingo normal, tendría que recibir algún complemento?

Agradezco vuestra ayuda
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
No tengo ningún caso así, pero entiendo que si se hace una modificación sustancial que acepta y los domingos son días de trabajo creo que no paga el complemento. Aún así no he profundizado en el tema.
 

CHARO

Miembro conocido
No tengo ningún caso así, pero entiendo que si se hace una modificación sustancial que acepta y los domingos son días de trabajo creo que no paga el complemento. Aún así no he profundizado en el tema.
Opino lo mismo, si ya acepta como parte de su jornada de trabajo el hacerlo los domingos, yo también entiendo que no se le tiene que complementar.
 
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