Gracias, es lo que me imaginaba, que no se puede trabajar salvo que se continúe en situación de alta, tengan 65 o más años y 35 o más de cotización efectiva. El trabajador que trabajador en cuestión tiene un convenio especial suscrito y quiere darse de alta en el régimen general pero no cumple los requisitos de 65 años ni 35 o más años cotizados.
Entiendo que si la base de cotización es superior a lo cotizado en el convenio especial puede seguir cotizando al convenio a la vez que está de alta aunque no cumpla los requisitos? Lo digo porque la redacción dice literalmente en el apartado de suspensión lo siguiente:
"El convenio especial con la Seguridad Social quedará suspendido, respecto de la obligación de cotizar y la protección correspondiente, durante los períodos de actividad del trabajador o asimilado que lo hubiera suscrito cuando los mismos, tanto si tienen un carácter continuo como discontinuo, determinen su encuadramiento en el campo de aplicación de alguno de los Regímenes de la Seguridad Social, siempre que la base de cotización a éste sea inferior a la base de cotización aplicada en el convenio especial, salvo que el suscriptor del convenio especial manifieste expresamente su voluntad de que el convenio se extinga o que el mismo siga vigente. "