Hola buenos dias....
Primero entiendo que esta en el convenio de Comercio Alimentacion de la comunidad de Madrid no???? Puesto que dicho convenio dice....
Artículo 1. Ámbito funcional
El presente Convenio Colectivo establece y regula las normas básicas de las condiciones míni-
mas de trabajo de las empresas de comercio de alimentación al por menor (establecimientos tradi-
cionales, autoservicios, supermercados y tiendas descuento), mayoristas y distribuidores de ali-
mentación.
Y si dices que es para mercaderia... entiendo que sea en este convenio.
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Y por lo que dices sera un contrato Indefinido a tiempo parcial ( 200 ) con dos dias de trabajo de 8 horas cada dia , 16 horas semanales ( 40% de su jornada). Y segun este convenio dice que el complemento nocturnidad supone un 20% del salario base si su jornada esta comprendida de 22:00 horas a 06:00 horas , y el en horario nocturno estaria 5:30 horas cada dia ( el 68.75 % de la jornada diaria)...
Por lo que entiendo y asi a bote pronto...yo le meteria en nomina estos conceptos...
Salario Base: 286,66
P.P.E. : 71,66 ( son 3 pagas extraordinarias )
Complemento Nocturnidad : 39,41 ( el 20% del 68,75% de la jornada que hace de nocturnidaddel SB )
Espero haber sido de ayuda... y que mis razonamientos a bote pronto sean los correctos.
Un saludo