Tramitar horas complementarias

CARMELA

Miembro
Duda ¿Se deben tramitar en el Sepe las horas complementarias pactadas en el contrato una vez tramitado el mismo, o estas horas se deben tramitar cuando realmente se realicen?
 

CARMELA

Miembro
¿Con esto quieres decir que tramite las horas pactadas en el contrato inicial, independientemente que al final se realicen o no las utilicen?
Si a lo largo de la contratación se modificaran las horas complementarias, porque se incremente o reduzca la jornada ¿esto habrá que registrarlo también?
 

María D

Nuevo miembro
No hay que registrar la fluctuación de horas complementarias en el SEPE, sin embargo si que tenéis que llevar el registro de horas, preavisar al trabajador por escrito con antelación y no sobrepasar las horas pactadas en el contrato inicial.
 

fundación

Miembro conocido
¿Con esto quieres decir que tramite las horas pactadas en el contrato inicial, independientemente que al final se realicen o no las utilicen?
Si a lo largo de la contratación se modificaran las horas complementarias, porque se incremente o reduzca la jornada ¿esto habrá que registrarlo también?

Modificar las horas complementarias pactadas es otra cosa, y claro que hay que registrar el segundo anexo como el primero. Como se ha dicho, el registro de las que se van haciendo no lo quiere el Sepe.
 
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