Transformacion contrato 406

MARTALCAB

Miembro activo
Tengo un trabajador contratado con este contrato (me ha costado dios y ayuda porque en tesoreria no existia el codigo, etc etc) y se me ocurrio transformalo porque la empresa se queda con el trabajador, pero resulta que al intentar transformarlo en contrat@ me dice que no se puede, y ahora que hago? baja y alta fuera de plazo? con contrato 100??
 

toni

Miembro conocido
Si en TGSS has podido transformarlo, yo no me preocuparia demasiado hacerlo en el SEPE, es el peor organismo que hay...
Si te quieres quedar mas tranquila, haz una comunicacion 100, pero sin dar de baja y alta al trabajador.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Ese contrato, el 406 (o el 506), (D.A. 5ª, RD 32/2021) es ESTRICTAMENTE temporal y NECESARIAMENTE vinculado con la ejecución del proyecto del que traen causa.
Son contratos "que deben morir".
Lo que hagas a partir de ahí, es una nueva contratación, no es posible una transformación.
 

toni

Miembro conocido
No estoy muy de acuerdo, acabo ese contrato y me quiero quedar al trabajador, porque tengo que darlo de baja? Ademas, segun parece a podido transformarlo en fijo en TGSS.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Puede que a efectos de permanencia en alta ante la TGSS, al no existir solución de continuidad, sirva una mera gestión de anotación y cambio del tipo de contrato. Donde ponía un 406, ahora que ponga un 100. Saldrán 2 tramos de cotización, y listos.
Pero "jurídicamente", ese contrato 406 "no es transformable".
Dura lo que dura, ligado a un proyecto financiado con los Fondos de Resiliencia y bla bla, y se acaba.
Y si justo e inmediatamente a continuación el trabajador sigue, es por la existencia de un nuevo contrato "que no trae causa del previo 406".
Así que en SEPE hay que registrar el nuevo contrato.
 

fundación

Miembro conocido
Me ha entrado un contrato de uno de los programas del PRTR, es una entidad de derecho privado ¿ pero se aplica también la DT 5ª del RD 32/2021 en base al 2º párrafo que cito?

Se podrán suscribir contratos de duración determinada por parte de las entidades que integran el sector público, reguladas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siempre que dichos contratos se encuentren asociados a la estricta ejecución de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y solo por el tiempo necesario para la ejecución de los citados proyectos.

Lo dispuesto en el párrafo anterior será también de aplicación para la suscripción de contratos de duración determinada que resulten necesarios para la ejecución de programas de carácter temporal cuya financiación provenga de fondos de la Unión Europea.


Es decir, en RED sería un alta de 401 - 970.
 

toni

Miembro conocido
Puede que a efectos de permanencia en alta ante la TGSS, al no existir solución de continuidad, sirva una mera gestión de anotación y cambio del tipo de contrato. Donde ponía un 406, ahora que ponga un 100. Saldrán 2 tramos de cotización, y listos.
Pero "jurídicamente", ese contrato 406 "no es transformable".
Dura lo que dura, ligado a un proyecto financiado con los Fondos de Resiliencia y bla bla, y se acaba.
Y si justo e inmediatamente a continuación el trabajador sigue, es por la existencia de un nuevo contrato "que no trae causa del previo 406".
Así que en SEPE hay que registrar el nuevo contrato.
Bueno, mas o menos estamos de acuerdo, en TGSS un simple cambio de clave (como digo parece ser que le a dejado) y en SEPE que comunique un 100 y listo.
 

fundación

Miembro conocido
@MARTALCAB ¿Me puedes indicar cómo te hicieron el alta SS del 406 si fue de una asociación privada (no entidad pública)? Porque estoy teniendo serios problemas y me dice el jefe de afiliación que no lo tienen implementado, "que haga un 402". Pero si eso no cuadra para nada con el contrato 406 del SEPE.

Lo primero, entiendo que una asociación privada sin ánimo de lucro con un programa concedido puede hacer estos contratos también

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MARTALCAB

Miembro activo
@MARTALCAB ¿Me puedes indicar cómo te hicieron el alta SS del 406 si fue de una asociación privada (no entidad pública)? Porque estoy teniendo serios problemas y me dice el jefe de afiliación que no lo tienen implementado, "que haga un 402". Pero si eso no cuadra para nada con el contrato 406 del SEPE.

Lo primero, entiendo que una asociación privada sin ánimo de lucro con un programa concedido puede hacer estos contratos también

Ver el archivos adjunto 1519Pues exactamente asi tuve que hacer, de ahi el poder trasnsformarlo (me explique mal al principio). El contrato se mecanizo con un 402 como ellos te dicen, y nunca consiguieron cambiarmelo a 406 en tesoeria, en el sepe lo registre con un 990 y ellos si me lo cambiaron al 406, asi qaue ahora tengo en un sitio 402 y en otro 406, y el contrato trasnformado. A ver que hago ahora, se me ocurre hacer casia para ver si me dan una baja y alta en plazo y fic especifico con la fecha de antiguedad.
 

MARTALCAB

Miembro activo
Ese contrato, el 406 (o el 506), (D.A. 5ª, RD 32/2021) es ESTRICTAMENTE temporal y NECESARIAMENTE vinculado con la ejecución del proyecto del que traen causa.
Son contratos "que deben morir".
Lo que hagas a partir de ahí, es una nueva contratación, no es posible una transformación.
Muchas gracias, es la primera vez que tenia un contrato de estos, y la verdad no caí en eso. De todas formas me parece una absurdez burocratica.
 

fundación

Miembro conocido
Pues siguen igual, no se puede hacer un alta en RED por 406, ni tampoco con un 401 y colectivo 970.

Hice alta con 402 y 969, chirría un montón pero tengo un Casia que dicen que de alta un 402, incluso me llamaron por tfno. Hoy en valoración les he dicho que es incongruente esta situación con el boletín 4/2022 que asegura que ya está disponible mediante 401 y 970, pero "en base a sus instrucciones" alta con 402, a efectos futuros que pudiera dar esta incongruencia.
 
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piskilayro

Nuevo miembro
Cabe prórroga del contrato 406?? Formalice el mismo con una duración de 2 años, y ahora me piden prórroga por un año más. Es posible?
 

fundación

Miembro conocido
Plantean un caso nuevo y lo que entiendo definitivamente, es que una entidad de derecho privado no puede acoger contratos 406. El alta en SS no se puede hacer con un 401+970 para una asociación, y el SEPE lo dice claramente: "este contrato lo pueden suscribir únicamente las entidades del sector público, siempre que dichos contratos se vinculen a la estricta ejecución de los programas del PRTR ... ".
 
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