TRASLADO DE CENTRO DE TRABAJO

Espe

Nuevo miembro
Buenos días:
Tengo una trabajadora que le han comunicado pasar a otro centro de trabajo por cubrir un puesto de trabajo como el suyo (responsable de tienda). Está con reducción de jornada por cuidado de hijo.
¿Este motivo sería válido para negarse a ir? La empresa es una cadena de alimentación y el otro centro de trabajo está a menos de 20 kilómetros.
Muchas gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
En principio no se puede negar. Pero habría que ver circustancias del caso: transporte público hasta el nuevo centro, comunicaciones, distancia con el domicilio de la trabajadora, etc....
 

Mr. White

Miembro activo
Coincido con Fernando.

Antes que nada hay que ver si efectivamente es un traslado del art.40 ET o queda dentro del ius variandi empresarial...Fernando ha dado las pinceladas necesarias para ello...

Igualmente, para ver si puede haber cierta represalia por la reducción, habría que ver si era la única persona del centro que podía cubrir el puesto de trabajo del otro centro, si se le mantiene el horario reducido o no (que sería una MSCT y, en su caso, habría que impugnarla además del traslado,...).

Tiene 20 días para impugnarlo. Puede medir como medida cautelar, y ante el perjuicio que se le pueda ocasionar, que se suspenda el traslado hasta que se resuelva el pleito.


 
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