tributa despido objetivo>?>?

Naialaboral

Miembro conocido
Sí, la cantidad que supere los 20 días por año trabajado (con el máximo de 12 mensualidades) en un despido objetivo tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo. Solo la indemnización legal obligatoria está exenta; cualquier exceso acordado o superior a esos límites debe declararse.

  • Límite exento: La exención fiscal cubre hasta los 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores.
  • Tributación del exceso: Si la empresa paga más (ej. 30 días, o un monto superior a 12 mensualidades), esa diferencia se considera un exceso sujeto a impuestos.
  • Límite máximo general: Independientemente de los días, la indemnización total está exenta hasta un límite máximo de180.000 € EUROS.
  • Excepción - Despido Económico (ET 52.c): Si el despido objetivo es por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, la exención puede aplicarse hasta la cuantía del despido improcedente (33 días/año, máximo 24 mensualidades) si se reconocen los hechos.
RESUMEN:
  • Hasta 20 días/año: Exento (máximo 180.000€).
  • Entre 20 y 33 días/año: Exento solo si se reconoce la improcedencia (máximo 180.000€).
  • Cualquier exceso sobre el límite legal o sobre 180.000€: Tributa en el IRPF.
 

Laboritis

Miembro activo
Ayer hablamos con un abogado y al final nos comento que esta exento como bien decís hasta despido improcedente MENOS si es despido objetivo por modificación condiciones de trabajo que solo esta exento hasta 20 dias max 12 mensualidades
 
Arriba