Buenos días,
tenemos una empresa con un convenio publicado que dice que el despido improdecente se pagará a 45 días de salario con un tope de 42 mensualidades, y además el plus de transporte lo consideran como un concepto retributivo. Entiendo que debería calcular para el salario bruto anual también lo que haya cobrado en un año de transporte, ¿verdad? por otro lado, no me queda claro si debería cotizar y tributar la diferencia de indemnización respecto al límite del ET de 33 días de salario con un máximo de 24 mensualidades.
Gracias
tenemos una empresa con un convenio publicado que dice que el despido improdecente se pagará a 45 días de salario con un tope de 42 mensualidades, y además el plus de transporte lo consideran como un concepto retributivo. Entiendo que debería calcular para el salario bruto anual también lo que haya cobrado en un año de transporte, ¿verdad? por otro lado, no me queda claro si debería cotizar y tributar la diferencia de indemnización respecto al límite del ET de 33 días de salario con un máximo de 24 mensualidades.
Gracias