una de participaciones

NOEMI

Miembro conocido
pareja (viven juntos pero no están casados)

PERSONA1:  administrador y socio único de la empresa.
PERSONA 2: Está pensando capitalizar el paro comprando acciones de la sociedad.

Me pregunta que límite tiene que tener de acciones para estar encuadrado en régimen general?  MENOS DEL 25%? al carecer de funciones de dirección y gerencia?

porque al no existir vínculo conyugal entre ellos no entra en juego lo del 50% en manos de familiares, no es así?


graceeeeesss compissss

 

NOEMI

Miembro conocido
pues eso pensaba yo pero me dice el cliente todo convencido que le han dicho que con comprar las participaciones que vale, como lo va a hacer el .... yo creo que no efectivamente
 

SHGOROEL

Miembro conocido
INSTRUCCIONES DE LA SOLICITUD. En el supuesto de aportación al capital social de una entidad mercantil
se deben reunir los siguientes requisitos:
– Incorporarse a una sociedad mercantil que se constituya o se haya
constituido en el plazo máximo de 12 meses anteriores a la fecha
de la aportación y no haber mantenido vínculo laboral previo, inmediatamente
antes de la situación legal de desempleo, con la
propia entidad mercantil u otra del grupo.
– Poseer el control efectivo de la misma.
– Ejercer en ella una actividad profesional.
– Darse de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de
los Trabajadores por Cuenta Propia
o en el de los Trabajadores del
Mar.
 
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