Una de PROPOECATA3

Ignatius

Miembro activo
Hola

Tenga una denegación de Asepeyo, que me indica que "si el derecho de una prestación anterior no fuera firme (mi caso, estoy pendiente de reclamación previa al expediente origen), la presente denegación quedará condicionada a su firmeza".
Consulto a Asepeyo que si puedo esperar a ese expediente-origen anterior, o debo interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de un mes.

Me responden que puedo esperar, porque además, cuando llegara la denegación definitiva de la TGSS podré alegar de nuevo, y posterior Recurso de Alzada a la TGSS.

- No me convence, porque al Recurrir en Alzada a la TGSS, después pasaría al recurso contencioso-admvo, y NO creo que pueda elegir jurisdicción (ahora LABORAL, y después, CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA), salvo que la vía de la TGSS también sea jurisdicción laboral.

Por favor, alguien que ya haya recurrido estas denegaciones, ¿tengo que demandar YA a la jurisdicción laboral ? o puedo esperar a la TGSS ?

Gracias
 
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