una duda que se me ocurre

elchuske

Miembro conocido
ejemplo muy simplificado para entenderlo y no meternos en muchas complicaciones. Trabajador que gana de salario base con prorratas la cantidad de 1200€ mes y 120€ de transporte. Es decir su base reguladora pongamos del mes de abril igual a 1320€ . ok?? El convenio dice que estando de IT sea cual sea el transporte no se paga. Tampoco en vacaciones .Y aquí viene la discusión.
En el mes de mayo esta de IT todo el mes de accidente de trabajo, para simplificar.
Según lo cotizado en el mes de abril 1320€ la mutua paga el 75% ( olvidémonos del primer día y esas cosas ) . La empresa complementa el 25% restante.
Y yo me pregunto. ¿ que ha pasado con el transporte? ... se le esta pagando. Entonces para que sirve el convenio??
Que hacéis vosotros??
 

elchuske

Miembro conocido
claro pero es que en la base reguladora esta el transporte, al final se le paga a pesar de que el convenio dice que solo devengara transporte si va a trabajar. He hay la duda
 

campus34

Miembro conocido
Yo complemento hasta el 100% del salario, no de la base. En tue ejemplo, el 75% x 1.320= 990 euros. Por tanto, yo complemento 1.200 - 990 = 210 euros.
 

Sandrita

Nuevo miembro
elchuske dijo:
claro pero es que en la base reguladora esta el transporte, al final se le paga a pesar de que el convenio dice que solo devengara transporte si va a trabajar. He hay la duda

Con el convenio pasa que las normas de seguridad social NO son disponibles ni por pacto individual ni colectivo, por tanto pueden decir misa los firmantes si lo tienen a bien pero eso no les concierte en curas.  ;D. Las normas imperativas o prohibitivas...
 

Ro

Miembro activo
En la base va el plus transporte eso es indiscutible, sin embargo tú le estás pagando por ejemplo el 75% y entonces es cuando el convenio dice....ojo complementa al 100% de lo que le tocaría percibir si trabajase menos el plus transporte de esos días.
 

Ro

Miembro activo
campus34 dijo:
Yo complemento hasta el 100% del salario, no de la base. En tue ejemplo, el 75% x 1.320= 990 euros. Por tanto, yo complemento 1.200 - 990 = 210 euros.

Totalmente de acuerdo. En este caso al tener pagas prorrateadas la base se corresponde con el bruto mensual 1320. El señor percibe el 75% de i.t más el complemento hasta los 1200 ( pues no se tienen en cuenta los 120 restantes por convenio)

Distinto sería si el convenio dice...complementa al 100% de la base.
 

elchuske

Miembro conocido
es que es eso exactamente lo que dice el convenio de la madera de la comunidad de Madrid es decir " un complemento economico igual a la diferencia entre el subsidio de incapacidad temporal que perciba y el 100% de su base reguladora" Vamos que cobra el transporte
 

Ro

Miembro activo
elchuske dijo:
es que es eso exactamente lo que dice el convenio de la madera de la comunidad de Madrid es decir " un complemento economico igual a la diferencia entre el subsidio de incapacidad temporal que perciba y el 100% de su base reguladora" Vamos que cobra el transporte
Si dice que complementa al. 100% de la BR pues blanco y en botella...cobra el 100% , los 1320 euros.
 
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